Institucionalización de un Sistema de Monitoreo y Evaluación a nivel nacional

Un hecho fundamental en la institucionalización del sistema de monitoreo mexicano se llevó a cabo en 2004 con la emisión de la Ley General de Desarrollo Social3 (LGDS), la cual creó al CONEVAL como un organismo con autonomía técnica y de gestión encargado de normar y coordinar la evaluación de la política y los programas de desarrollo social y de aprobar los indicadores de resultados, gestión y servicios4.

Otros impulsos a la institucionalización del sistema de monitoreo fueron la creación del Sistema de Evaluación del Desempeño (SED) y la normativa dada a conocer en 20075 acerca de que la evaluación de los programas sujetos a ROP (y la de otros programas) se llevaría a cabo de acuerdo con los criterios de la LGDS.

Implementación y mejora de la Matriz de Indicadores para Resultados

Si bien a partir de 2006 se solicitó a los programas con recursos federales contar con indicadores de resultados, servicios y gestión, no había una metodología formal y homogénea para su elaboración, sino que se realizaban con criterios heterogéneos y sin una definición común.

Derivado de ello y con base en la experiencia de organismos internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial (BM), y de varios países, el CONEVAL definió la Metodología de Marco Lógico (MML) como el mecanismo para generar indicadores de resultados, servicios y gestión de manera homogénea para todos los programas, considerando su mejora continua para conducir a su correspondiente aprobación. De esta metodología se deriva la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), herramienta de monitoreo que expresa en forma sencilla, ordenada y homogénea la lógica interna de un programa a la vez que alinea su contribución a los ejes de política pública6.

3 Diario Oficial de la Federación, 20 de enero de 2004. Última reforma 1 de junio de 2012.
4 El Artículo 77 de la Ley General de Desarrollo Social señala que antes de aprobar los indicadores el CONEVAL deberá someterlos antes a consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Cámara de Diputados por conducto de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para que emitan las recomendaciones que en su caso estimen pertinentes
5 Presupuesto de Egresos de la Federación 2007; Diario Oficial de la Federación, diciembre de 2006.
6 Para mayor información consultar la nota ¿Qué es la Matriz de Indicadores para Resultados? de este Boletín.

  
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